El diploma del rey astur Silo, datado en en el 23 de agosto del 775, está considerado como el primer documento español conocido, concretamente el documento más antiguo de la cancillería altomedieval del reino Astur y, por tanto, el más antiguo conocido en la Península Ibérica. Es una donación real a unos monjes de propiedades en el este de Lugo, entre los ríos Eo y Masma, con el fin de que funden un monasterio.
Silo. Acto importante y virtuoso es hacer donación de un lugar de residencia por la salvación de mi alma a los hermanos y siervos de de Dios Pedro, presbítero, Alante, converso, Lubino, converso, Avito, presbítero, Valentino, presbítero, demás hermanos que se encuentra en el mismo lugar, y a quien Dios allí llevare, porque esos siervos de Dios nos besaron los pies para que yo les donara un lugar de oración en nuestro cellario, que está entre el Eo y el Masma, entre el riachuelo Asanzas y el Meira; lugar llamado Lucis, que limita con la villa donde habitó nuestro colmenero Espasando, Piago Negro, junto al monte llamado Faro, Pedras Albas, la laguna hasta otra laguna y el mojón, la laja, el villar llamado de Desiderio, el arroyo llamado Alesancia, otro mojón que está hincado en el monte sobre Tablada, y la calzada que corta el límite hasta el lugar llamado Arcas y el arroyo llamado Gomeso, con todas sus entradas y salidas, dos castillos con todos los servicios que le son debidos, montes, helechales, construcciones en ruina que allí hay, y todo el ejido.
Todo lo arriba indicado dono y concedo a vosotros y a Dios por mediación de nuestro fiel hermano el abad Esperaután, para que oréis pro la salvación de mi alma en la iglesia que allí se edificare. Sea todo ello quitado de mi dominio, confiado y confirmado en el vuestro, y poseáis vosotros todo de modo firme e irrevocable vosotros. Y que, aquéllos a quienes Dios condujere a profesar en este santo lugar, lo reivindiquen [asistidos] por todo el derecho que les confiere mi oposición [al quebrantamiento de esta carta], tengan capacidad legal para reclamarlo judicialmente y lo defiendan de todo hombre.
Y si después de este día alguien pretendiere inquietarles por [la propiedad de] ese lugar y todo lo que está escrito, en primer lugar sea apartado de la sagrada comunión, quede expulsado de la comunidad cristiana y de la Santa Iglesia, júzguesele merecedor del castigo del traidor Judas, y alcáncele tal pena divina que todos cuantos la vean se atemoricen y cuantos la escuchen se estremezcan.
Hecha la carta de donación el día 23 de agosto de la era 813 [año 775].
Esta es una de las muchas traducciones del diploma de Silo. En muchos casos, son interpretaciones, ya que no está escrito en perfecto latín, sino en una evolución cercana al romance. En él, podemos apreciar varios aspectos destacados. Primero, no se observan rasgos de ostentación de poder; ni siquiera menciona que Silo fuera rey o gobernante, ni en la titulación ni en la posterior suscripción. Segundo, la brevedad del texto y el pequeño tamaño del documento para ser un escrito de cancillería sugieren que podría ser una copia realizada posteriormente para los monjes.
Su relato descriptivo, conciso pero preciso, se centra en los aspectos más significativos del lugar a donar. Parece que Silo conocía perfectamente la zona donada y la describe con detalle. Ríos, lagos, montes, vías, estructuras naturales (como el monte llamado Faro, el monte sobre Tablada, el lugar llamado Arcas, Pedras Albas) y construcciones antiguas (la calzada, otro mojón, la laja, el villar llamado de Desiderio, dos castillos, construcciones en ruina, la villa, nuestro celario) se reflejan en el diploma para delimitar el terreno. Además, conoce a los habitantes del lugar y los nombra (Desiderio, Espasando). Su celario (almacén) nos ofrece otra pista sobre la importancia que el lugar tenía en sus posesiones. El diploma, con aparente sencillez, recoge perfectamente las normas del derecho de la época. Para los redactores de los diplomas medievales, las fórmulas eran cruciales por su valor jurídico, hasta el punto de que la ausencia de alguna podía invalidar lo dispuesto en el diploma. Si hacemos un símil con la justicia actual, las fórmulas cumplirían una función similar a la de las partes protocolarias en las sentencias y resoluciones. Por lo tanto, eran imprescindibles dado el carácter jurídico de los diplomas medievales.
La estructura del texto es la siguiente: fórmulas de protocolo, del cuerpo del texto, del escatocolo, de la data y de la referencia al escriba.
El diploma ofrece muchas pistas en sus pocas líneas. Su resumen y precisión son evidentes, invitándonos a resolver el enigma de la ubicación del monasterio. Como se puede ver, no especifica el lugar donde los monjes debían construir el monasterio; esa indicación se la otorga al Abad Esperaruta, a quien se le hace la donación del coto. Silo continúa creando misterio y juegos de palabras, como en el caso de la piedra encontrada en Pravia (La piedra laberíntica del rey Silo), que han estudiado historiadores, filósofos, matemáticos, artistas, etc. El diploma encierra mucho más que una cesión de terrenos (pro anima) para la salvación del alma; guarda en silencio un mayor tesoro: LA CULTURA DE UNA ÉPOCA.